viernes, marzo 18, 2005

Discurso de Alfredo Morales Hernández

Discurso de la Toma de Posesión de la Presidencia de la ACADEMIA DE CIENCIAS POLITICAS Y SOCIALES
por el Dr. Alfredo Morales Hernández.

Acto realizado en Caracas, en el paraninfo del Palacio de las Academias, el día 15 de Marzo de 2005 A LAS 4 PM

(Este discurso del Dr. Alfredo Morles Hernández es para leerlo de pié, de frente a la bandera y a los acordes del himno nacional de la República de Venezuela. Debe ser fuente fecunda de inspiración para las demás Academias, del Colegio de Abogados y demás Colegios Profesionales, de los Institutos Universitarios de Derecho, Ciencias Políticas y Ciencias Sociales, de las Universidades públicas y privadas y de todas las instituciones del país que tienen el compromiso de rescatar las libertades conculcadas) Pedro Paúl Bello.

Cita textual del Discurso del Dr. Morales Hernández

"Las academias, tradicionales y contemporáneas, son organizaciones que promueven el desarrollo cultural y científico y la libertad de pensamiento. A ellas pertenecen individuos de las más opuestas ideologías, a quienes sólo se les exige credenciales intelectuales. No son las academias venezolanas similares a las que han existido en estados totalitarios, tal como la tristemente célebre Academia de Ciencias de la URSS, a la cual sólo se podía ingresar si se era miembro del partido único (el Partido Comunista) o con su venia.

La comunidad jurídica venezolana ha venido presenciando acontecimientos muy preocupantes, acontecimientos de tal gravedad, que algunos de ellos han sido motivo para que la Academia de Ciencias Políticas y Sociales o los miembros de la Academia individualmente hayan sentido la obligación de manifestar públicamente su opinión sobre actuaciones de los Poderes Públicos, lo que no había ocurrido en los noventa años de historia que esta Institución está a punto de cumplir.

Por cierto, pudiera no ser casualidad que a raíz de estos pronunciamientos un abogado haya presentado una demanda ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia solicitando que se declare la nulidad de algunas disposiciones de la Ley y del Reglamento de la Academia que atañen al principio de cooptación conforme al cual se postulan candidatos para ser miembro de esta institución.

Los pronunciamientos de la Academia ocurrieron con motivo de la iniciativa para la discusión de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; con la ocupación de la sede y la destitución de los jueces de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo; con la pretensión del Ejecutivo Nacional de forzar al Banco Central de Venezuela a entregarle mil millones de dólares de su patrimonio; y con la sentencia Nº 442 de 23 de marzo de 2004 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que arrebató a la Sala Electoral la competencia para el conocimiento de los recursos relacionados con el referendum revocatorio del Presidente de la República.

Para hacer tales pronunciamientos, la Academia tuvo en cuenta que era imperativo que el Parlamento atendiera escrupulosamente el régimen constitucional del trámite de las leyes orgánicas; que no se debía irrespetar a los jueces; que se debía respetar la autonomía del ente emisor de la moneda; y que la correcta interpretación constitucional de los asuntos jurídico-electorales estaba vinculada al funcionamiento de la democracia como sistema político. Los asuntos citados alarmaron a los académicos de ciencias políticas y sociales.

No había todavía ocurrido el desconocimiento de los principios de la cosa juzgada (res judicata) y de que nadie puede ser juzgado mas de una vez por los mismos hechos (non bis in idem), en una sentencia que seguramente le daría la vuelta al mundo y sería recogida por los textos de derecho constitucional, de derecho penal y de derecho procesal como ejemplo de que hay un país donde esos principios, si bien son concebidos como absolutos por los ordenamientos jurídicos de los países civilizados, pueden ser convertidos en relativos por los jueces, si no fuera porque esa sentencia corresponde al arquetipo de las sentencias de los regímenes totalitarios: por encima de la ley formal, por encima de disposiciones expresas en contrario, por encima de las reglas de la interpretación jurídica, prevalecen los fines e intereses del Estado totalitario.

El abierto desconocimiento que la mayoría parlamentaria hizo de las reglas constitucionales para la discusión y aprobación de las leyes orgánicas se extendió luego a las normas para la elección de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia y desembocó en una escogencia unilateral de éstos, contraria a preceptos constitucionales, sin participación de la sociedad civil ni del resto de los grupos o partidos políticos.

La actuación militante del Consejo Nacional Electoral en el referendum revocatorio después de la paralización de la actividad de la Sala Electoral ha sido mayoritariamente repudiada por los grupos políticos de la oposición, los cuales han cuestionado el resultado del propio referendum, al cual han calificado de fraudulento.

Es una lástima que detrás de estos controversiales sucesos se encuentren actuaciones parlamentarias o judiciales que hubieran podido ser equilibradas, ser percibidas como independientes por la oposición o ser una manifestación del principio de contrapesos propio de la separación de poderes.

La escogencia de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia por un método unilateral, sin participación de la sociedad civil organizada ni de la pluralidad de los partidos o grupos políticos que representan a la sociedad como un todo, es profundamente antidemocrática, altera el principio de separación e independencia de los poderes y constituye una burla al propio texto constitucional que recoge ese principio.

Al proceder de tal modo, el partido gobernante da una prueba tangible de querer conseguir el monopolio del poder, conquistándolo por medios legales o ilegales.
Tal conducta representa una paradoja, si se toma en cuenta que quienes gobiernan llegaron al poder con la promesa de perfeccionar la democracia, no de desmejorarla. La práctica desaparición de la independencia del Poder Judicial que se manifiesta en la escogencia unilateral hecha por el partido gobernante no es, sin embargo, un hecho aislado.

El mismo forma parte de la progresiva configuración de un modelo autoritario en el cual muchos perciben una concepción integrista de la política; una aspiración de hegemonía; un sistema político policial en el cual los jueces son utilizados como instrumentos de criminalización de la actividad política; una prédica permanente contra enemigos internos y externos; el uso de una retórica inmoderada, radical y extrema; la organización de milicias o grupos de defensa; la exclusión de grupos de ciudadanos a través de la consulta de listas electorales; la publicidad abusiva; la creación de pseudo-universidades; la reforma de la Ley de Universidades por medio de un Reglamento; el rumor de una reforma educativa y del derecho de familia que aterroriza a vastos sectores de la población.

En el pináculo de todo este proceso se encuentra la pretensión de hacer de un líder carismático el intérprete de una supuesta voluntad histórica del más grande de nuestros antepasados y de la voluntad del pueblo, líder que ha anunciado que la alternabilidad no es de la esencia de la democracia y ha proclamado, sin consultar a nadie, el advenimiento de una utopía socialista.

El ofrecimiento de un socialismo idealizado, con olvido deliberado de las perversiones a que dio lugar su aplicación en la antigua Unión Soviética y en los países de Europa Oriental, así como de la cruda realidad de la tiranía castrista en Cuba, con un pasado criminal de fusilamientos, torturas, clínicas psiquiátricas, gulags, desplazamientos de poblaciones enteras, presos políticos, procesos judiciales que han pasado a la historia como ejemplos de burla sangrienta (los procesos de Moscú), partido único, sin libertad de pensamiento y sin economía libre; y la promesa de un nuevo orden con un hombre nuevo, oferta común de las utopías fascitas y comunistas, tendría que pasar por el tamiz de una reforma constitucional, porque la actual Constitución venezolana contiene una consagración del sistema de economía de mercado.

Ahora bien ¿cómo ir a una reforma constitucional en las actuales condiciones?¿cómo ir a un eventual referendum o a cualquier proceso comicial sin árbitros electorales y judiciales imparciales?. Tal conducta equivaldría a un suicidio.

La alternativa no es otra que un amplio movimiento de participación política activa, un regreso al depósito de la confianza en los partidos políticos y en los líderes políticos, porque uno de los hechos más lamentables de los tiempos actuales es el derrumbe de los partidos políticos como canales naturales para conducir las opiniones plurales de una sociedad democrática.

Tal situación equivale a la existencia de una democracia imperfecta, más defectuosa aún que la deteriorada democracia de la etapa civil de 1958 a 1998, cuyas deformidades han sido exageradas ad nauseam, en un satánico ritual de simplificación en el cual ha participado la gran mayoría de la sociedad venezolana.

No es cierto que las imperfecciones de la democracia de los cuarenta años que van de 1958 a 1998 la hicieran abominable, pero al admitir tal aserto como punto de partida o premisa mayor de un silogismo político -más bien de un sofisma- la mayoría de la sociedad venezolana accedió de manera implícita a la destrucción de un pasado y de una experiencia que también contenían rasgos muy positivos.

Uno de los elementos más positivos de esa etapa democrática era, precisamente, la existencia de partidos políticos con ideologías precisas, afectados por los errores y por la corrupción, es cierto, pero no por ello menos aptos para ser los intermediarios de la sociedad civil. Los partidos políticos no son materiales desechables, pero los analistas políticos no advirtieron la involuntaria complicidad que le prestaron a los interesados verdugos cuando éstos ejecutaron la sentencia de muerte contra los partidos.

Al abandonar los partidos a su suerte, culpándolos de todos los males en cuya configuración la propia sociedad civil había participado, la sociedad civil se hizo más débil. La sociedad civil todavía no se decide a reconstruir las estructuras políticas derrumbadas, apenas si se refugia en la ambigua y genérica frase "todos fuimos culpables", como si ello fuera suficiente para eximirla de su pecado y de su responsabilidad. Mientras más demore la sociedad civil en regresar al entusiasmo por los partidos o al reconocimiento de su imperiosa necesidad, más tiempo tardará la reconstrucción de un sano tejido político.


En un régimen totalitario, de signo comunista o de signo fascista, el derecho cumple una simple función secundaria e instrumental. Por ello los jueces tienen que compartir la ideología dominante y estar dispuestos a sentenciar, no conforme a los principios jurídicos, sino conforme a la conveniencia del régimen, convertido en un valor superior. Cuando un magistrado se declara revolucionario, es decir, partidario de la ideología dominante, ya se sabe en que dirección irán sus sentencias.

La sentencia contraria a la cosa juzgada y al principio prohibitivo del doble enjuiciamiento que acaba de ser dictada por la Sala Constitucional es una sentencia genuinamente revolucionaria del Tribunal Supremo de Justicia: es una sentencia que no se detiene ante los límites establecidos por los principios clásicos del derecho o por expresas declaraciones constitucionales, sino que decide en función de conveniencias políticas públicamente declaradas.

El para entonces Presidente del Tribunal Supremo invitó descaradamente al Fiscal General de la República a que presentara el recurso para anular la sentencia definitiva dictada por una de las salas del Tribunal Supremo y todo el rito se cumplió a cabalidad. Se está frente a la aplicación de un nuevo derecho, el derecho revolucionario; y frente al funcionamiento de una nueva justicia, la justicia revolucionaria.

Corresponde a cada uno de los abogados de la República, a cada uno de los profesores de derecho, a cada uno de los académicos y a cada uno de los ciudadanos tomar posición en este enfrentamiento entre civilización y barbarie, entre democracia y totalitarismo, entre derecho y arbitrariedad. Las academias, como instituciones, quedarán al margen de este debate, pero los académicos no nos podremos refugiar bajo ningún pretexto.

Como se sabe, en las actas de los juicios de Nüremberg contra los jueces alemanes de la época nazi no se encuentra una sola explicación digna para la conducta antijurídica que los magistrados adoptaron, pero sí se encontró que en las primeras semanas del régimen nazi, en 1933 , se publicó en la Revista Alemana de Jueces un juramento por medio del cual los jueces se comprometían a seguir al líder en su camino como juristas alemanes.

Como también se sabe, en los setenta años de funcionamiento del régimen comunista en la antigua Unión Soviética no se produjo el nacimiento de ninguna teoría, de ningún concepto ni de ningún principio que haya contribuido al progreso de la ciencia jurídica como la conocemos en occidente. ¿Recuerda alguien el nombre de algún jurista ruso o de alguna obra jurídica notable? Son setenta años de oscuridad y de ignominia para el derecho.


La actuación de los órganos del Poder Judicial en Venezuela está abierta al disentimiento. Las formas del disentimiento son muchas y variadas, pero las de los verdaderos juristas tienen que estar construidas conforme a las reglas de la razón. Al uso de esas reglas los invito. Porque ellas prevalecerán. Mientras más arbitrarias sean las decisiones judiciales y mientras más claras y convincentes sean las razones de quienes las adversan, más débil será el régimen totalitario que se sirve de quienes administran tal clase de justicia."

fín de la cita.

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